• Reclamacion de accidente laboral

     

     

    Reclamación de accidente laboral

    El accidente de trabajo (artículo 115 de la Ley General de Seguridad Social)  que es aquel que sucede al trabajador durante su jornada laboral o bien en el trayecto al trabajo o desde el trabajo a su casa. En este último caso el accidente recibe el nombre de in itinere.  Dicho percance puede afectar de manera indistinta tanto a trabajadores por cuenta ajena, como autónomos, pero en este último caso, deben cotizar por este concepto.

    El concepto de accidente de trabajo excluiría aquellos en los que existe una imprudencia temeraria del trabajador, los ocasionados por causa de fuerza mayor, los derivados de la actuación de otra persona y los que dolosamente se causa el trabajador mismo e incluirá los ocasionados en el ejercicio de la actividad sindical, los de salvamento cuando se dan en el ámbito de la empresa o del trabajo desarrollado.

    A este respecto, la imprudencia profesional entra dentro del concepto de accidente de trabajo, siendo aquellos accidentes derivados del ejercicio habitual de un trabajo o profesión y motivados por la confianza que éstos inspiran al accidentado, así como también se incluirían las enfermedades comunes contraídas con motivo de la realización del trabajo, y sus posteriores complicaciones, o, incluso, las enfermedades comunes preexistentes pero que se agravaran a consecuencia del mismo.

    Dicho supuesto ha de ser diferenciado respecto de la enfermedad profesional, que son aquellas recogidas como tales en la legislación social, tal y como refiere el artículo 116 de La Ley General de Seguridad Social.

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